¿Cuáles son los Mitos y Beneficios del proceso de insolvencia o ley de quiebra?

El proceso de insolvencia no es una declaración de quiebra, es una negociación de deudas. Descartemos este y otros mitos.

Es un mito que declararse insolvente no termina contratos o genera rupturas con sus acreedores actuales y futuros, todo lo contrario, genera más confianza al ser usted deudor, una persona con voluntad de pago pero que por motivos ajenos a su voluntad debe hacerlo mediante una negociación de deudas, durante unos plazos acordados.

Importante, si como deudor va a ingresar al proceso de insolvencia, debe tomar asesoría legal especializada.  Nuestro equipo jurídico y financiero se le puede asesorar con el fin de evitar riesgos y obtener los beneficios de esta ley.

El proceso de insolvencia no es una declaración de quiebra, es una negociación de deudas donde el deudor tiene la oportunidad de proteger a su familia y salvar sus bienes, recuperar y salvar su empresa, y lograr finalmente una estabilidad económica.

Se debe tener presente que en caso de que un acreedor no atienda lo indicado en el Auto de Admisión, el ACREEDOR estará incurriendo en la Conducta descrita en el Articulo 454 del Código Penal Colombiano, Modificado por la Ley 1453 de 2011 el cual indica «El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes».

Los beneficios contenidos en esta ley, van desde la suspensión de procesos coactivos y ejecutivos en contra del deudor, suspensión o detener de órdenes de embargo, condonación de intereses (pago de solo capital y no intereses), entre otros. Suspensión de llamadas de cobro, es un beneficio adicional, ya que para muchos es una realidad que resultan hostigantes las gestiones de cobranza por teléfono. Poder salvaguardar, proteger y recuperar el patrimonio, la estabilidad económica y poder recuperar la liquidez monetaria mediante solicitudes de periodo de gracia.

Nulidad de procesos en contra y suspensión de servicios públicos.

En el Artículo 545 del Código General del Proceso (C.G.P.), se puede advertir a los acreedores, sobre lo siguiente:

  • No se podrán iniciar nuevos procesos ejecutivos, de restitución de bienes por mora en el pago de los cánones, o de jurisdicción coactiva contra el deudor y, en consecuencia, se suspenderán los procesos de este tipo que estuvieren en curso al momento a partir de la fecha.
  • No se podrá suspender la prestación de los servicios públicos domiciliarios en la casa de habitación del deudor por mora en el pago de las obligaciones anteriores a la aceptación de la solicitud de ingresos al proceso de insolvencia.

Esto significa que entrar en un proceso de Insolvencia, no les otorga derecho alguno a los acreedores para entablar nuevas demandas, realizar despidos laborales, o que las empresas de servicios públicos suspendan la prestación de los mismos.

Suspensión de pago a acreedores.

El proceso de Insolvencia permite ordenar la suspensión de pagos a los acreedores, incluyendo libranzas y descuentos a favor de acreedores. Esto se traduce en un gran beneficio del proceso de Insolvencia, ya que mientras se está en el proceso, el deudor no realiza pagos para poder dedicar sus esfuerzos a reorganizar las deudas y programar la forma de pagar dichas deudas.

Esto también indica que, si alguna acreencia es a favor de un empleador, no se le puede terminar el contrato laboral al trabajador (deudor) por estar en proceso de Insolvencia.

Suspensión de cobros al deudor por cualquier medio.

Después de ingresar al proceso de Insolvencia se ordena a los acreedores, a partir de la fecha de emisión del Auto de Admisión (documento legal de ingreso al proceso), la suspensión de todo tipo de cobros al deudor.

Esto significa, que las entidades acreedoras deben suspender llamadas, correos, cartas y demás acciones de cobro con el deudor.

Se puede incluir todo tipo de deudas, como Impuestos, créditos, tarjetas de crédito, deudas comerciales, colegios, administración. Rapidez en el trámite, el cual puede estar entre 60 y 90 días.

Lo anterior permite estabilizar la vida económica y crediticia de un deudor en situación económica crítica. Se puede evitar pérdidas económicas, más deudas, quiebras, despidos, disminución de su patrimonio económico y familiar.

Se debe tener cuidado de No confundir con otros mecanismos, ya que no es una compra de cartera, ni venta de la misma, y se puede continuar cumpliendo las las labores cotidianas antes del proceso.

Si tu empresa o tus finanzas personales, presentan una situación de crisis, no dude en consultarnos – respetamos tu confidencialidad – a través nuestros canales virtuales como correo electrónico, oficina virtual, teléfonos, o puedes agendar una cita en nuestras oficinas.

8 respuestas a “¿Cuáles son los Mitos y Beneficios del proceso de insolvencia o ley de quiebra?”

    • Hola Maria Cristina, gracias por escribir.

      El tiempo del trámite puede durar 3 meses aproximadamente, pero dependerá del nivel de deudas que tengas.
      De otra parte, para tu segunda pregunta, inicia 3 días después de que nos indicas tus deudas y el ente judicial emite el auto de admisión al proceso para detener cualquier embargo o remate.

      Cualquier otra inquietud estamos para ayudarte. Puedes escribirnos al chat WhatsApp o llamarnos.

      Cordialmente,

      Equipo Insolvex

    • Hola Iris,
      Gracias por escribir. Puedes acceder al proceso, sin embargo, te sugerimos una evaluación de tus deudas para aplicar y encontrar la mejor solución.

      Puedes escribirnos al chat WhatsApp o llamarnos.

      Cordialmente,

      Equipo Insolvex

  1. Si entro en insolvencia y no hay acuerdo de pago y pasa a liquidación patrimonial, ese proceso puede tardar años y uno no puede comprar bienes así mejore la situación por tener vigente el trámite de insolvencia

    • Hola John,

      Gracias por escribirnos. Efectivamente la situación puede cambiar y mejorar con el transcurso del tiempo, en ese caso debemos analizar en detalle los términos legales del acuerdo para resolverte la inquietud.

      Cada caso es diferente.

      Con gusto nos puedes llamar.

      Cordialmente,

      Equipo Insolvex

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